Declaran nula una cláusula de gastos hipotecarios de Ibercaja

Sasot Abogado

Tal y como publican Heras Sasot Abogados, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca ha dictado una sentencia que declara la nulidad de la cláusula séptima del contrato de préstamo hipotecario suscrito entre un consumidor e Ibercaja Banco, S.A.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca ha dictado una sentencia que declara la nulidad de la cláusula séptima del contrato de préstamo hipotecario suscrito entre un consumidor e Ibercaja Banco, S.A., relativa a la imputación de gastos de constitución de la hipoteca. La resolución, emitida el 7 de enero de 2025, responde a la demanda presentada por la parte actora, representada por Heras Sasot Abogados.

La jueza ha condenado a Ibercaja Banco a devolver al demandante la cantidad correspondiente a los gastos hipotecarios indebidamente cobrados, junto con los intereses legales desde la fecha de abono de cada gasto hasta la sentencia, incrementados en dos puntos desde la sentencia hasta el pago completo.

La sentencia también impone a la entidad bancaria el pago de las costas procesales, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La jueza ha considerado que Ibercaja no tomó la iniciativa para corregir la cláusula abusiva a pesar de existir jurisprudencia consolidada que obliga a las entidades financieras a actuar de forma proactiva.

Este fallo reitera la protección de los consumidores frente a las cláusulas abusivas y refuerza la obligación de los bancos de asumir los gastos hipotecarios indebidos.

Puedes consultar la sentencia completa en la web de Heras Sasot Abogados.

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